Clubes deportivos

Introducción

El Decreto 24/1998, de 11 de junio, por el que se regula el funcionamiento de los clubes deportivos y agrupaciones de clubes de ámbito autonómico del Principado de Asturias. Que se publico enel BOPA Nº 145 (24-06-1998), regula el procedimiento por el cual una entidad no deportiva (un APA por ejemplo), puede constituir un Club Deportivo dependiente de esa entidad. Esta formula es muy practica para las apas, pues permite inscribirse en las distintas competiciones y acceder a subvenciones, peor con mayor sencillez que si constituimos directamente un club deportivo.

Decreto 24/1998, de 11 de junio

SECCION IV.- CLUBES DE ENTIDADES NO DEPORTIVAS

Artículo 36. Régimen jurídico.

  1. Las personas jurídicas, públicas o privadas, constituidas de conformidad con la legislación vigente y cuyo objeto social o finalidad sea sustancialmente diferente del deportivo, podrán acceder al Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias al ser consideradas como clubes deportivos, a los efectos de la presente Ley, en el caso de que deseen participar en actividades o competiciones de carácter deportivo.
  2. También se reconocerá el mismo derecho a los grupos o secciones existentes dentro de las entidades a que se refiere el apartado anterior.

Artículo 37 . Inscripción en Registro.

  1. A los efectos de su inclusión en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias, la entidad o grupo correspondiente o sección de aquélla, deberá otorgar una escritura pública ante notario, indicando expresamente la voluntad de constituir un club deportivo, incluyendo lo siguiente:
    1. Estatutos de la persona jurídica o parte de los mismos que acrediten su naturaleza jurídica o certificación de la secretaría de la entidad con referencia a las normas legales que regulan su constitución.
    2. Identificación de la persona física designada como delegado o responsable de la entidad o grupo para la actividad deportiva.
    3. Sistema de representación de los deportistas en el club o sección.
    4. Régimen de elaboración y aprobación del presupuesto del club o sección deportiva que, en todo caso, deberá estar completamente diferenciado del presupuesto general de la entidad.
    5. Manifestación de sometimiento expreso a las normas deportivas de la Comunidad Autónoma y a las de la federación o federaciones deportivas asturianas correspondientes.
  2. Para participar en competiciones oficiales, los clubes o entidades no deportivas deberán inscribirse en la federación o federaciones deportivas correspondientes.

Ir al inicio

Agenda:

Agenda FAPA: Te comentamos el día a día

Noticias:

[ Ver todas las noticias. ]

Calendario

Calendario escolar 2006-2007

Oviedo (Asturias) | Plaza del Riego 1, 1E | 985.220.486 | fapa@fapamv.com