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RESOLUCION SUBVENCIONES APAs
14/11/2004

RESOLUCIÓN DE 5 DE NOVIEMBRE DE 2004 por la que
se conceden ayudas a Confederaciones, Federaciones y
Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos/as de Asturias
para la realización de actividades durante el año 2004.
ANTECEDENTES DE HECHO
Al amparo de lo dispuesto por la Resolución de 13 de julio de 2004 (BOPA nº
189, de 13 de agosto de 2004), de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se
autoriza la convocatoria de ayudas con destino a Confederaciones, Federaciones y
Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos/as de Asturias para la realización de
actividades durante el ejercicio 2004 y se aprueban las bases rectoras de la misma, la
Dirección General de Ordenación Académica e Innovación ha instruido el oportuno
expediente. Conforme a lo previsto en la Base Novena, la Comisión de Selección
nombrada por Resolución de 27 de septiembre de 2004, ha valorado las solicitudes
presentadas de acuerdo con los criterios fijados en la Base Octava, y elevado la
propuesta de resolución para la concesión y denegación, en su caso, de las ayudas
destinadas a subvencionar actividades de las Confederaciones, Federaciones y
Asociaciones, de Madres y Padres de Alumnos/as de Asturias en el año 2004, con el fin
de fomentar el asociacionismo y permitir la realización de aquellos proyectos
pedagógicos que las comunidades educativas quieran desarrollar para completar la
acción docente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
VISTOS: la Ley del Principado de Asturias 5/2003, de 30 de diciembre, de
Presupuestos Generales para 2004; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se
regula el régimen general de concesión de subvenciones; la Resolución de 11 de febrero
de 2002, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el régimen de garantías para
el abono anticipado de subvenciones; el Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio por
el que se aprueba el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario; las
Bases de la convocatoria pública, el Acta de la Comisión de Selección y el resto de la
normativa que resulte de aplicación,
RESUELVO
PRIMERO.- Disponer el gasto autorizado y conceder ayudas, con cargo a la aplicación
15.02.422P-482029 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el
ejercicio 2004, a los proyectos presentados por las Confederaciones, Federaciones y
Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos y Alumnas que figuran en el Anexo I de
esta Resolución, en la cuantía que individualmente se detalla, por importe global de
setenta y ocho mil ciento treinta y dos (78.132) euros.
SEGUNDO.- Desestimar las solicitudes presentadas por las entidades relacionadas en
el Anexo II, por los motivos que se indican.
TERCERO.- Disponer la ampliación del plazo fijado inicialmente para la presentación
por parte de los beneficiarios de la documentación justificativa de la realización de los
proyectos subvencionados, fijándolo en el 30 de noviembre de 2004
CUARTO.- En lo relativo a la justificación de las actividades y el abono de las ayudas,
remitir a los beneficiarios a lo dispuesto en las Bases Décima y Undécima, con la
salvedad de lo establecido en el dispositivo Tercero acerca del plazo para la
presentación de la documentación.
QUINTO.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del
Principado de Asturias de manera que surta los efectos previstos en el art. 59.5 b) de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Este acto pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin
perjuicio de la posibilidad de interponer previamente el recurso potestativo de
reposición ante el mismo órgano que dictó la Resolución en el plazo de un mes desde el
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, no
pudiendo simultanearse ambos recursos, sin perjuicio de que los interesados ejerzan
cualquier otra acción que estimen oportuna.
En Oviedo a 5 de noviembre .- EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA, José
Luis Iglesias Riopedre.-
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